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Dirección de Administración Ambiental.
- La Dirección de Administración Ambiental desarrolla sus funciones en las siguientes áreas de actuación de la Viceconsejería:
- Ordenación y evaluación de las actividades con incidencia en el medio ambiente.
- Vigilancia, inspección y control de las actividades con incidencia en el medio ambiente.
- Protección de la atmósfera y del suelo.
- Evaluación ambiental.
- Responsabilidad y disciplina ambiental.
- En estas áreas, corresponde a la Dirección de Administración Ambiental, además de las que con carácter general le atribuyen los artículos 7 y 8 del presente Decreto, el ejercicio de las siguientes funciones:
- Tramitar, elaborar la propuesta de autorización y realizar el seguimiento de las autorizaciones ambientales integradas, y emitir el informe de imposición de medidas correctoras en los procedimientos de concesión de licencia de actividades clasificadas.
- Tramitar y resolver los procedimientos de evaluación ambiental estratégica de planes y programas y los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos.
- Tramitar y resolver los procedimientos ambientales a los que están sujetas las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y la evaluación y control de la calidad del medio ambiente atmosférico, incluyendo la contaminación acústica, lumínica y olfativa.
- Tramitar y resolver los procedimientos ambientales a los que están sujetas las actividades de producción y gestión de residuos, incluidas las actuaciones en el ámbito de la responsabilidad ampliada del productor del producto, así como el impulso a las actuaciones de prevención y valorización de residuos.
- Tramitar y resolver los procedimientos en materia de calidad del suelo, definiendo las medidas de preventivas y de defensa, de recuperación y de control y seguimiento.
- Tramitar y resolver los procedimientos en materia de responsabilidad ambiental.
- Tramitar y resolver los procedimientos de autorización de emisión de gases de efecto invernadero y del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
- Tramitar y proponer la inscripción en el sistema comunitario de gestión y auditorias medioambientales (EMAS).
- Tramitar y resolver el procedimiento de concesión de etiqueta ecológica de la Unión Europea.
- Tramitar y resolver los procedimientos ambientales a los que están sujetas las entidades de colaboración ambiental, incluidas las entidades para la investigación de la calidad del suelo.
- Realizar las labores de vigilancia e inspección ambiental, así como fiscalizar el control ambiental.
- Elaborar y tramitar los planes ambientales en los ámbitos competencia de la Dirección: planificación en materia de residuos y plan de suelos.
- Realizar el mantenimiento y la gestión de la red de calidad del aire de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Tramitar y resolver las autorizaciones de traslados transfronterizos de residuos y efectuar su inspección y control, según el alcance determinado en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
- Impulsar la aplicación sobre los procesos productivos de técnicas para la prevención, reducción y mitigación de las repercusiones sobre el medio ambiente mediante la gestión de los fondos y ayudas correspondientes.
- Coordinar la gestión y el despliegue de los procedimientos y servicios electrónicos del área de medio ambiente, en coordinación con la Dirección de Servicios.
- Realizar la gestión administrativa del Registro administrativo de la Calidad del Suelo, del Registro de instalaciones con incidencia ambiental y del Registro de Entidades de Colaboración Ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Elaborar y difundir los inventarios en los ámbitos competencia de la Dirección: residuos, gases de efecto invernadero y suelos.
- Bajo la superior dirección y conforme a las instrucciones de la Viceconsejería de Medio Ambiente, la Dirección de Administración Ambiental ejercerá en el ámbito de competencia de su Dirección, la tutela administrativa de Ihobe, S.A., Sociedad Pública de Gestión Ambiental.
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